ResoluciónVinculante de Dirección General de Tributos, V0193-16 de 20 de Enero de 2016. Tiempo de lectura: 4 min. Resolución. Relacionados: Legislación. Voces. Jurisprudencia. Prácticos. Formularios.
ElArtículo 27 de esta Ley señala: 1. Tendrán el derecho de retracto los propietarios de fincas colindantes que sean titulares de explotaciones prioritarias, cuando se trate de la venta de una finca rústica de superficie inferior alCálculodel IBI rústico y optimización de la tributación del impuesto. Establece el artículo 21 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, que todo suelo se encuentra en una de estas dos situaciones básicas: Suelo rural. Suelo urbanizado.
Parala estimación del valor de los bienes inmuebles de naturaleza rústica se ha partido de la catalogación catastral, que establece, para todos los municipios, una división de toda la superficie rústica en polígonos, parcelas y, en aquellos casos en que sea necesario, subparcelas, con indicación para cada una de ellas de la calificación y clasificación